MBI:comisionado.distrito.mbi.aragua@gmail.com
GIRARDOT: comisionado.distrito.mag.aragua@gmail.com
SUCRE: comisionado.distrito.sucre.aragua@gmail.com
MARIÑO: comisionado.distrito.mariño.aragua@gmail.com
RIBAS: comisionado.distrito.ribas.aragua@gmail.com
y envia una copia a salidas.scoutsdearagua@gmail.com
Artículo 231 Transporte ilegal de un niño, niña o adolescente. Quien transporte dentro o fuera del territorio nacional a un niño, niña o adolescente, que no cuente con la debida autorización, será sancionado o sancionada según la gravedad de la infracción con multa de sesenta unidades tributarias (60 U.T.) a ciento veinte unidades tributarias (120 U.T.), siempre que no constituya un hecho punible. (Ley Orgánica de Protección al niño, niña y adolescente)
Por una Region mas Unida y mas Scout !!!
Aragua habla Canapas!!!!
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